Exoneraciones de pago – Nuevas normas
Exoneraciones de pago – Nuevas normas
IVA mínimo empresas sin ingresos
Mediante el Decreto N° 224/020 de fecha 12 de agosto de 2020, el Ministerio de Economía y Finanzas exoneró del pago mensual del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por los meses cargo de Julio a Diciembre 2020 a aquellos contribuyentes incluidos en el régimen de Dirección General Impositiva (DGI) como “Pequeña Empresa”, en los meses en que no devenguen ingresos efectivos.
Es decir, si la empresa no tiene ingresos en un mes, dentro del período julio a diciembre 2020, no corresponde pagar el monto fijo de IVA mínimo de $ 3.980 de dicho mes, pagando al mes próximo el monto antes mencionado si efectivamente tiene ingresos.
Aportes Patronales de empresas de Transporte Escolar
La ley 19.893 del 11 de agosto de 2020, exonera a partir del 1 de abril de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2021 los aportes jubilatorios patronales a la seguridad social (BPS) de las empresas de Transporte Escolar.
Aportes Patronales de empresas que presten servicio de cantinas
Ley 19.898 del 28 de agosto 2020, faculta al Poder Ejecutivo a exonerar a partir del 1 de abril de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2021 los aportes jubilatorios patronales a la seguridad social (BPS) de las empresas que presten el servicio antes mencionado.