Modificación a la metodología de evaluación de proyectos de inversión.
En razón del descenso de la actividad económica a nivel mundial producto de la crisis sanitaria y en la economía uruguaya puntualmente, fue necesario modificar la metodología de la evaluación de los proyectos de inversión a efectos de incrementar el impacto en términos de objetivos de desarrollo y generar un efecto positivo significativo sobre el valor agregado de la economía. Por lo fue necesario adecuar las exigencias respecto a las externalidades corregidas por las empresas, redefiniendo el indicador de descentralización y exportaciones, ampliando el concepto de innovaron e incorporando indicadores sectoriales.
En tal sentido, por decreto del 30 de septiembre de 2020, se extiende a las Cooperativas y los sujetos pasivos del IRAE que posean ingresos gravados por dicho impuesto, cuyos proyectos de inversión sean declarados promovidos por el Poder Ejecutivo, la posibilidad de acceder a los beneficios previstos en la Sección II del Capitulo III de la Ley 16.906.
Las empresas que deseen obtener la declaratoria promocional deberán presentar ante la Ventanilla Unica, en la forma que COMAP lo determine, los siguientes elementos:
1- Los datos identificatorios de la empresa y sus titulares y los antecedentes de la firma.
2- La información contable y económica necesaria para la evaluación del proyecto de inversión.
3- Una declaración jurada, en la que el solicitante se comprometerá a cumplir con las condiciones que den mérito a los beneficios tributarios solicitados, en particular el fin del proyecto, el monto de la inversión y los indicadores comprometidos, entre otra información que la COMAP estime necesaria.
4- Declaración de las vinculaciones con otras empresas y los datos identificatorios de las mismas.